Estatutos de las organizaciones sin fines de lucro
Estatutos
- 1 Nombre y domicilio social de la asociación, ejercicio social
(1) La asociación sin fines de lucro se denominará; Asociación envíos de paz – en adelante la Asociación.
(2) La asociación tiene su domicilio social en: 49509 Recke, Mertensberg 26
(3) El ejercicio económico será el año calendario.
- 2 Objeto, carácter no lucrativo de la asociación
(1) La asociación, con domicilio social en Recke NRW, persigue exclusivamente y directamente fines no lucrativos en el sentido del artículo “Fines fiscales privilegiados” del Código Fiscal alemán.
(2) La asociación opera sin fines de lucro y no persigue principalmente fines comerciales.
(3) Los fondos de la asociación solo podrán utilizarse para los fines establecidos en sus estatutos. Los miembros no recibirán donaciones de los fondos de la asociación.
(4) Nadie podrá ser favorecido mediante gastos ajenos al objeto de la asociación ni mediante una remuneración desproporcionadamente alta.
(5) El objetivo principal de nuestra asociación es promover el entendimiento internacional y fomentar el contacto entre los cubanos residentes en la República Federal de Alemania sobre la base de la paz, el respeto mutuo, el reconocimiento y la integridad, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. En cooperación con otras asociaciones y organizaciones no gubernamentales (ONG), las actividades de la asociación tienen por objeto promover el entendimiento internacional e impulsar la mejora de la comunicación y el entendimiento entre diferentes naciones.
Para ello, la asociación se fija los siguientes objetivos:
(1) Promover la comunicación y el desarrollo del entendimiento entre las diferentes naciones, promover y cooperar con otras asociaciones y organizaciones no gubernamentales, proporcionar un portal de comunicación para los cubanos residentes en la República Federal, sus familiares y amigos, promover la sostenibilidad como elemento de conexión entre la sociedad alemana y las ambiciones del Estado cubano,
(2) Desarrollo de soluciones de transporte para donaciones a personas necesitadas en Cuba. Las donaciones se entregarán localmente a organizaciones no gubernamentales (iglesias, organizaciones religiosas, organizaciones benéficas). Estas organizaciones garantizarán y verificarán que las donaciones se distribuyan exclusivamente a las personas necesitadas.
(3) Programas activos para brindar asistencia nutricional a niños y bebés en la región en cooperación con organizaciones no gubernamentales (ONG), organizaciones eclesiásticas locales y organizaciones caritativas.
- 3 Adquisición de la membresía
- Cualquier persona física o jurídica puede afiliarse a la asociación. Se requiere una solicitud escrita (o digital). La junta directiva decide sobre la admisión.
La afiliación regular comienza después de que la junta directiva haya aprobado la solicitud de afiliación escrita o digital y el pago de la cuota de afiliación de 4,00 €.
Existen los siguientes tipos de membresía:
- “Miembro”, también llamado “Miembro Ordinario”,
- El título de “Miembro Honorario” lo otorga la Junta Directiva en base a servicios particularmente destacados prestados por un miembro a la promoción de la Asociación,
- “Miembro Colaborador” Los miembros colaboradores pueden ser personas físicas o jurídicas que apoyan a la asociación mediante donaciones o financiación de eventos o aportaciones similares.
Los socios tienen derecho a voto.
Los socios colaboradores y honorarios tienen derecho a participar en las asambleas generales; no tienen derecho a voto ni a ser elegidos.
La membresía es intransferible. Los derechos de socio no pueden transferirse a terceros. El derecho a voto en las asambleas generales solo puede ejercerse presencialmente.
Los miembros están obligados a pagar sus cuotas de acuerdo con el reglamento de cuotas. Las cantidades abonadas no son reembolsables.
Los miembros honorarios están exentos del pago de cuotas.
- 4 Terminación de la membresía
(1) La calidad de miembro de la asociación termina por muerte (en el caso de las personas jurídicas, por su disolución), renuncia o exclusión.
(2) La renuncia deberá notificarse por escrito (incluso digitalmente) al Consejo de Administración. La renuncia solo podrá notificarse con tres meses de antelación al cierre del ejercicio social.
(3) Un miembro podrá ser expulsado de la asociación por resolución de la asamblea general si a) daña gravemente la reputación o los intereses de la asociación, o b) tiene un atraso de más de tres meses en el pago de su cuota de admisión o de membresía y no la ha abonado a pesar de un recordatorio escrito bajo amenaza de expulsión. El miembro tendrá la oportunidad de presentar sus argumentos sobre la exclusión en la asamblea general. Estos argumentos deberán serle comunicados con al menos dos semanas de antelación.
(4) La parte del socio renunciante o excluido en el patrimonio común permanece en la asociación.
- 5 Derechos y obligaciones de los miembros
(1) Todo socio tiene derecho a utilizar las instalaciones de la asociación y a participar en eventos conjuntos. Todos los socios tienen el mismo derecho a voto en la asamblea general.
(2) Todo miembro tiene el deber de promover los intereses de la asociación, en particular de pagar regularmente sus cuotas de membresía y, en la medida de lo posible, de apoyar la vida de la asociación mediante su cooperación.
- 6 Cuota de admisión y cuotas de membresía
(1) Cada miembro deberá pagar una cuota de membresía mensual/anual por adelantado.
(2) La cuantía de la cuota de admisión y de las cuotas de socio será determinada por la Asamblea General.
(3) Los miembros honorarios están exentos del pago de la cuota de admisión y de las cuotas de membresía.
- 7 Órganos de la Asociación
Los órganos de la asociación son el consejo directivo y la asamblea general.
- 8 Junta Directiva
(1) El Consejo Directivo estará integrado por el Presidente, su Vicepresidente y el Tesorero.
(2) El Presidente, su suplente y el Tesorero representan cada uno únicamente a la Asociación.
(3) Los miembros del Comité Ejecutivo podrán percibir una remuneración. La Asamblea General determinará su importe.
- 9 Tareas del Consejo de Administración
La junta directiva es responsable de representar a la asociación, de conformidad con el artículo 26 del Código Civil Alemán (BGB), y de gestionar sus negocios. Sus responsabilidades incluyen: a) convocar y preparar las juntas generales, incluyendo la preparación del orden del día; b) ejecutar los acuerdos de la junta general; c) administrar el patrimonio de la asociación y elaborar el informe anual; d) admitir nuevos socios.
- 10 Nombramiento del Consejo de Administración
(1) Los miembros de la Junta Directiva son elegidos individualmente por la Asamblea General por un período de dos años. Solo los miembros de la Asociación pueden ser miembros de la Junta Directiva; la pertenencia a la Asociación también da por terminada la membresía de la Junta Directiva. Se permite la reelección o destitución anticipada de un miembro por la Asamblea General. Un miembro permanecerá en su cargo después de la expiración de su mandato ordinario hasta que se elija a su sucesor. La destitución anticipada de un miembro de la Junta Directiva solo podrá ocurrir por justa causa.
(2) Si un miembro deja la Junta Directiva prematuramente, los miembros restantes de la Junta Directiva tendrán derecho a elegir a un miembro de la Asociación para la Junta Directiva hasta que la Asamblea General elija a un sucesor.
- 11 Consulta y toma de decisiones del Consejo de Administración
(1) La Junta se reúne según sea necesario. Las reuniones son convocadas por el Presidente o, en su ausencia, por su suplente. Se deberá observar un plazo de preaviso de una semana. La Junta tendrá quórum si están presentes al menos dos de sus miembros. Las resoluciones se adoptan por mayoría de los votos válidos emitidos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad; en su ausencia, el suplente tendrá voto de calidad.
(2) Las decisiones del Consejo de Administración se harán constar en actas. Estas serán firmadas por el secretario y el presidente, o en ausencia de este último, por el vicepresidente u otro miembro del Consejo de Administración.
- 12 Tareas de la Junta General
La asamblea general es responsable de las decisiones sobre las siguientes materias: a) modificación de los estatutos, b) fijación de la cuota de ingreso y de las cuotas de los socios, c) nombramiento de socios honorarios y exclusión de socios de la asociación, d) elección y destitución de los miembros de la junta directiva, e) recepción del informe anual y destitución de la junta directiva, f) disolución de la asociación.
- 13 Convocatoria de la Junta General
(1) El Consejo de Administración convocará una junta general ordinaria al menos una vez al año, preferiblemente durante el primer trimestre. La convocatoria se realizará por escrito, con dos semanas de antelación y especificando el orden del día. La convocatoria también podrá cursarse por vía electrónica. La junta general podrá celebrarse digitalmente.
(2) El orden del día será determinado por la Junta Directiva. Cualquier miembro de la asociación podrá solicitar una adición al orden del día por escrito a la Junta Directiva a más tardar una semana antes de la asamblea general. Esta solicitud también podrá presentarse electrónicamente. La Junta Directiva decidirá sobre la solicitud. La Asamblea General decidirá sobre las mociones de adición al orden del día que no hayan sido incluidas por la Junta Directiva o que se presenten por primera vez en la asamblea general por mayoría de votos de los miembros presentes. Esto no aplica a las mociones relativas a modificaciones de los estatutos, cambios en las cuotas de membresía o la disolución de la asociación.
(3) La Junta Directiva convocará a asamblea general extraordinaria cuando así lo exijan los intereses de la Asociación o cuando lo solicite por escrito, expresando el objeto y las razones, al menos una décima parte de los asociados.
- 14 Acuerdos de la Junta General
(1) La Asamblea General será presidida por el Presidente del Consejo de Administración, en su ausencia por su suplente y, en su defecto, por un presidente elegido por la Asamblea General.
(2) La Asamblea General constituirá quórum si está presente al menos un tercio de los miembros de la Asociación. De no existir quórum, la Junta Directiva convocará una segunda Asamblea General con el mismo orden del día en un plazo de cuatro semanas. Esta reunión constituirá quórum independientemente del número de miembros presentes. Esto se indicará en la convocatoria.
(3) La Asamblea General decide mediante votación abierta con la mayoría de los votos de los socios presentes. Si ningún candidato obtiene la mayoría de los votos de los socios presentes, resultará elegido el candidato que obtenga la mayoría de los votos válidos emitidos; se celebrará una segunda vuelta entre varios candidatos. Las resoluciones para modificar los Estatutos Sociales requieren una mayoría de tres cuartos; las resoluciones para cambiar el objeto social o disolver la asociación requieren la aprobación de nueve décimas partes de los socios presentes.
(4) De las deliberaciones de la junta general y de los acuerdos adoptados se levantará acta, que será firmada por el secretario y el presidente de la junta.
- 15 Responsabilidad
(1) El que realiza el negocio no responde con su patrimonio particular de la ejecución del mismo, pero los socios sí lo hacen con su patrimonio común hasta el monto del patrimonio común vigente, en la medida en que lo permitan las disposiciones legales vigentes.
- 16 Disolución de la corporación, pérdida de fines fiscales privilegiados
(1) En caso de disolución o anulación de la asociación o si dejan de existir los fines fiscales privilegiados, los bienes de la asociación se transferirán al [Fondo Alemán para la Infancia e.V.], que los utilizará directa y exclusivamente para fines no lucrativos, caritativos o eclesiásticos.
(2) En caso de disolución de la Asociación, el Presidente del Consejo Directivo y su suplente serán liquidadores mancomunadamente autorizados, a menos que la Asamblea General designe a otras personas.
(3) Las disposiciones anteriores se aplicarán en consecuencia si la asociación ha sido privada de su capacidad jurídica.